La Comisión Europea (CE) comunicó hoy la apertura de tres investigaciones de oficio separadas, a fin de determinar la posible existencia de prácticas de venta por internet que impiden a los consumidores ejercer su libertad de elección en la compra de productos electrónicos de consumo y videojuegos y de contratar estancias en hoteles a precios competitivos, infringiendo las normas antimonopolio de la Unión Europea (UE)
«El comercio electrónico debe ofrecer a los consumidores una oferta más variada de bienes y servicios, amén de la oportunidad de efectuar compras transfronterizas. Las tres investigaciones incoadas hoy examinan prácticas mediante las cuales sospechamos que ciertas empresas pretenden privar a los consumidores de esas ventajas. Los casos escrutados corresponden a los sectores de la electrónica de consumo, los videojuegos y el alojamiento hotelero. En términos más concretos, estamos analizando si esas empresas están contraviniendo las normas de competencia de la UE al aplicar una restricción desleal de los precios de venta al público o al excluir a los consumidores de algunas ofertas por mor de su nacionalidad o ubicación.», señaló La comisaria Margrethe Vestager, responsable de la Política de Competencia.
Según el comunicado emitido por por la CE, hay indicios de que algunas empresas estarían levantando barreras al comercio electrónico, con la finalidad de fragmentar el mercado único de la UE siguiendo las líneas de las fronteras nacionales y así evitar la competencia.
Videojuegos
Uno de los mercados que será analizado por la CE es el de compra de videojuegos por internet. En particular, se está investigando los acuerdos bilaterales celebrados entre Valve Corporation, propietaria de la plataforma de distribución de juegos Steam, y cinco desarrolladoras de videojuegos: Bandai Namco, Capcom, Focus Home, Koch Media y ZeniMax. Estas empresas estarían realizando un bloqueo geográfico, el cual impediría a los consumidores comprar videojuegos para computadoras en razón de la ubicación o el país de residencia de los consumidores.
La CE buscará determinar si los acuerdos en cuestión requieren o han requerido el uso de claves de activación con fines de bloqueo geográfico. Es decir, se busca determinar si una clave de activación puede limitar exclusivamente a los consumidores de un Estado miembro concreto de la UE (por ejemplo, Chequia o Polonia) el acceso a un juego que se haya comprado. Según se señala, esta práctica puede constituir una infracción de las normas de competencia de la UE al reducir la competencia transfronteriza como consecuencia de la restricción del llamado «comercio paralelo» dentro del mercado único e impedir a los consumidores comprar juegos más baratos que puedan estar disponibles en otros Estados miembros.
Fabricantes de electrónica de consumo
De otro lado, la CE investiga si Asus, Denon & Marantz, Philips y Pioneer violaron las leyes de competencia de la UE al restringir la capacidad de los vendedores en línea para fijar sus propios precios de productos electrónicos de consumo, como electrodomésticos, computadoras portátiles y productos de alta fidelidad.
El efecto de estas supuestas restricciones de los precios podría agravarse debido a la utilización, por parte de muchos vendedores en línea, de software de fijación de precios que adapta automáticamente los precios de venta a los de los principales competidores. Como consecuencia de todo esto, el comportamiento analizado podría haber tenido un mayor impacto en los precios generales en línea de los correspondientes productos de electrónica de consumo.
Discriminación en los precios de los hoteles
Finalmente, a raíz de las denuncias recibidas de los clientes, la Comisión está investigando ciertos acuerdos sobre servicios de alojamiento hotelero celebrados entre los principales operadores turísticos europeos, por una parte (Kuoni, REWE, Thomas Cook y TUI), y determinados hoteles, por otra (Hoteles Meliá). «La Comisión acoge favorablemente la iniciativa de los hoteles para desarrollar e introducir mecanismos innovadores de fijación de precios que maximicen la ocupación de las habitaciones, pero ni los hoteles ni los operadores turísticos pueden discriminar a los clientes en función de su ubicación.», señala el comunicado de la CE. Los acuerdos en cuestión podrían contener cláusulas que discriminen a determinados clientes en razón de su nacionalidad o su país de residencia, como consecuencia de cuya aplicación no podrían ver la disponibilidad real del hotel o reservar habitaciones a los mejores precios.
Tal situación podría vulnerar las normas de competencia de la UE al impedir que los consumidores reserven plazas hoteleras en las mejores condiciones ofertadas por los operadores turísticos en otros Estados miembros, debido simplemente a su nacionalidad o su localidad de residencia. Podría dar lugar, además, a la compartimentación del mercado único.
Fuente: Comisión Europea