Las operadoras de telecomunicaciones deberán elevar la velocidad mínima garantizada de sus conexiones a la Internet fija y móvil, la misma que no deberá ser menor al 40% de valor contratado. Esta es una de las propuestas consideradas por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) en el nuevo Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, y que estará en discusión durante los próximos 20 días hábiles.
La propuesta de norma crea un conjunto de indicadores para la telefonía fija y móvil, los cuales serán de cumplimiento obligatorio para las operadoras de telecomunicaciones, e incorpora la supervisión de la calidad de los servicios de la Internet dentro del campo de supervisión del OSIPTEL.
“Actualmente, en los contratos para la Internet (fija y móvil) se asegura entre el 5% y el 10% de la velocidad que se contrata. Es decir si uno contrata 4 Megabits/seg. de velocidad, solo se garantiza 400 Kilobits por segundo (Kbps). Esto es considerado por los usuarios, como una señal de la falta de transparencia en el servicio y de baja calidad de lo que se ofrece”, explicó Gonzalo Ruiz Díaz, presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL.
La propuesta de reglamento determina que los incumplimientos a las velocidades mínimas implicarán sanciones consideradas como falta grave, que podría implicar multas de hasta 150 UIT (S/.570 mil).
“La norma podría entrar en vigencia desde junio del próximo año. Su objetivo no es elevar la velocidad de la Internet en general, sino obligar que las empresas vendan un producto de mejor calidad y con mayor transparencia al usuario”, explicó Ruiz.
Calidad
La iniciativa del OSIPTEL también apunta a generar mejorar la calidad en los servicios de voz. “Se obligará a que solo tres de cada 100 intentos de llamadas realizadas por un usuario puedan sean fallidas. Además, como máximo 2 de cada 100 llamadas en curso realizadas por un usuario podrían ser interrumpidas. Los excesos a estos indicadores serán considerados como faltas graves”, explicó.
El presidente del OSIPTEL anunció además un cambio en la medición de calidad de las llamadas de voz. “La normativa vigente contemplaba un conjunto de evaluaciones sobre la base de indicadores que no eran sancionables. Ahora proponemos hacer verificaciones en todos los departamentos del país cuyo incumplimiento generaría multas”, señaló.
Se propone además que las operadoras deben explicar los motivos de las caídas críticas de su red en 24 horas (hoy demoran hasta 72 horas), y que los mensajes de texto enviados entre teléfonos móviles no demoren más de 20 segundos en llegar a su receptor.
Fuente: OSIPTEL
@respinozach