El día 14 de setiembre se publico el Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, la cual establece un Marco de Gobernanza para el Gobierno Digital. es decir establece los parámetros generales para los servicios digitales que brindará el Estado.
En lo referente al ámbito de aplicación de la mencionada Ley, esta será la Administración Pública, es decir a cualquier persona jurídica o natural que ejerce potestad administrativa en nombre del Estado. Para el caso de las empresas del Estado (régimen privado del Estado), las disposiciones serán dependiendo de los aspectos que le aplique. En esta Ley encontraremos las definiciones, ahora si ya legalmente establecidas, de lo que entenderemos por «Servicio Digital», «Canal Digital», «Gobierno Digital», y «Ciudadano Digital«, entre otras definiciones relevantes.
La Presidencia de Consejos de Ministros a través de la Secretaría de Gobierno Digital será el ente encargado de pilotear estos temas, y entre sus responsabilidades estará el de validar técnicamente proyectos de tecnologías digitales de carácter transversal en materia de interoperabilidad, seguridad digital, identidad digital, datos, arquitectura digital o aquellos destinados a mejorar la prestación de servicios digitales.
Otro tema de gran importancia que se encuentra definido en esta ley es la Identidad Digital que se entiende como el conjunto de atributos que individualiza y permite identificar a una persona en entornos digitales. Asimismo, y considerando que dentro de este escenario de servicios digitales, la cantidad de información (datos) que generará y requerirá la aplicación de estos servicios, se define un «Marco de Gobernanza de Datos» y sobre todo la «Seguridad Digital«.
La promulgación de esta Ley es la base o piedra fundamental sobre la cual debe empezar a implementarse los servicios digitales por parte del Estado, con la finalidad de eficientizar y trasparentar la información, esto con miras a mejorar la administración pública que desembocaría en mayores beneficios a los ciudadanos.
Enlace: DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA LA LEY DE GOBIERNO DIGITAL