El día de hoy, mediante la Resolución Ministerial N° 362-2022-MTC/01.03, el MTC le otorgó la Concesión Única para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones por 20 años, a la empresa STARLINK PERÚ, del conocido Elon Musk.
Como informamos el año pasado, Chile fue el primer país de la región en no solo contar con las pruebas técnicas sino habilitar el permiso para que STARLINK opere, ahora Perú ya otorgó esta aprobación y se estaría a la espera que la empresa haga público la contratación formal de sus servicios de acceso a internet satelital.
En la resolución ministerial se menciona que se aprueba el Contrato de Concesión Única de STARLINK PERU S.R.L. que consta de veintiocho (28) cláusulas. Tambipen se menciona que la concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa STARLINK PERU S.R.L. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
LAS CONDICIONES DEL SERVICIO
Si bien los detalles técnicos aún no son oficializados, se esperaría condiciones similares que STARLINK se está comprometiendo a nivel regional, por ejemplo en el caso de Chile se tiene lo siguiente:
Caso Chile:
Starlink se comprometió en esta primera etapa a brindar un servicio con velocidad de descarga entre 50 a 150 Mbps, con una latencia de 20 a 40 milisegundos. La mensualidad del servicio es de 99 USD -para separarlo hay que adelantar 1 mes-. El costo del terminal de usuario -antena / router / tripode / cableria / envio- es 499 USD, pero con este mismo equipamiento de usuario, en unas próximas etapas del proyecto, podrá experimentar velocidades de hasta 1 Gbps. Incluso Starlink menciona que el costo real del kit es de 1300 USD, que la empresa esta subsidiando este costo.
Parte del compromiso asumido por STARLINK CHILE SPA será el proporcionar internet satelital a comunidades rurales y/o aisladas con problemas de conectividad digital. Según lo dispuesto por la normativa chilena, las frecuencias de operación para estos servicios satelitales serán en la Banda KU -Tx en 14.0-14.5 GHz y Rx en 10.7-12.7 GHz-; y Banda KA -Tx en 2.5-29.1 GHz y 29.5-30 GHz- y Rx en 17.8-18.55 GHz y 18.8-19.3 GHz-.
La normativa también establece las características de las estaciones terrenas como emisión máxima permisible, diámetro de la antena. PIRE máximo, polarización, entre otros aspectos técnicos.